Ciudad

Cómo obtener la Habilitación de Transporte de Sustancias Alimenticias

Desde la Dirección de Bromatología, se informa sobre el procedimiento de Habilitación de Transporte de Sustancias Alimenticias.

09 de Marzo 2024 ciudad


La Municipalidad de Gualeguaychú rige su funcionamiento en materia de habilitaciones alimenticias bajo la órbita de la Ley Nacional Nº 18284 conocida como Código Alimentario Argentino (CAA).

 

El CAA en su art. 154 bis, establece las condiciones que deben cumplir los vehículos para poder transportar alimentos y sustancias alimenticias, y entiende por vehículo o medio de transporte de alimentos a “todo sistema utilizado para el traslado de alimentos (productos, subproductos, derivados) fuera de los establecimientos donde se realiza la manipulación, y hasta su llegada a los consumidores”.

 

De acuerdo a las características de la Unidad de Transporte de Alimentos (UTA), y a los sistemas de conservación, los transportes se clasifican de acuerdo a las siguientes categorías:

 


•    Categoría A: Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico (isotermo) y con equipo mecánico de frío.
•    Categoría B: Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico (isotermo) sin equipo mecánico de frío y con sistemas refrigerantes autorizados por el organismo sanitario correspondiente.
•    Categoría C: Caja, contenedor o cisterna, con aislamiento térmico (isotermo) sin equipo mecánico de frío y sin sistemas refrigerantes.
•    Categoría D: Caja sin aislamiento térmico.
•    Categoría E: Sin caja o playo.

 

La habilitación Municipal tiene una vigencia de 4 años, pero anualmente se realiza una re-inspección del vehículo por el área de Bromatología, en la misma se observan las condiciones de higiene y seguridad adecuadas, como así también el correcto funcionamiento de los elementos que permiten el transporte de los alimentos de manera segura.

 

El trámite de habilitación se inicia en la Dirección de Habilitaciones Municipales, pudiendo realizarse mediante la Plataforma Gualeactiva; mientras que el Área de Bromatología renueva anualmente el mencionado permiso, tras la verificación del estado del transporte; como lo establece la reglamentación correspondiente.

 

Al momento de habilitar el transporte, el agente sanitario observa lo siguiente:


•    El estado de la caja, observando que, el revestimiento interior, el estado de las juntas, el estado del piso, y el cierre de las puertas (burletes), sean adecuados; el buen funcionamiento de las bisagras; en caso de requerir que la iluminación interior sea suficiente, y que el tanque receptor de líquido exterior, funcione de manera correcta.
•    Para el caso de transporte de carnes, si corresponde, los rieles deben ser de material resistente a la corrosión, deben estar limpios, libres de suciedad y materia orgánica. La altura de los mismos debe ser suficiente para impedir que el alimento que viaja colgado del riel no roce u apoye en el piso, para impedir su contaminación.
•    El estado del equipo de frío, prestando atención a su funcionamiento, lo mismo para el termómetro interno y el visor del termómetro en el exterior.

 

 

Para aquellos transportistas que vienen desde otras ciudades vecinas, tendrán que cumplimentar con lo solicitado por el C.A.A. en sus municipios y a nivel provincial ante el ICAB (Instituto de Control de Alimentación y Bromatología), o bien SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).

 


Por su parte el director de Bromatología Lic Hernán Bassi señaló que "solicitamos a todos los transportistas que no hayan renovado su permiso, que regularicen la situación y destacamos la importancia de gestionar la habilitación pertinente a aquellos transportistas que aún no lo hayan realizado".

 


Para mayor información comunicarse al celular 15316652, o bien personalmente a la Oficina de Bromatología en calle España Nº 423.

 


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